Preguntas frecuentes - regulación de etiquetas de vino UE

September 12, 2024
4 min de lectura
Última actualización
punto de interrogación que simboliza las preguntas frecuentes sobre las normas de etiquetado de la UE consultadas por QRFox.eu. sección FAQ

¿Qué son las etiquetas electrónicas y los códigos QR?

Etiquetas electrónicas: una etiqueta electrónica, abreviatura de etiqueta electrónica, revoluciona el enfoque tradicional para mostrar la información nutricional y de ingredientes en las botellas de vino. En lugar de imprimir estos datos directamente en la botella, se almacenan digitalmente y se accede a ellos a través de una página web a la que accederás mediante un código QR.

Códigos QR: los códigos QR, o códigos de respuesta rápida, son códigos de barras cuadrados que se colocan en la etiqueta posterior de una botella. Con solo usar la aplicación de cámara de su teléfono, sus clientes de todo el mundo pueden escanear el código QR, acceder instantáneamente a la etiqueta electrónica y ver la información necesaria.

¿Cómo puede beneficiar la etiqueta electrónica a mi bodega?

La etiqueta electrónica ofrece una multitud de ventajas que agilizan las operaciones y mejoran el cumplimiento sin esfuerzo. Al adoptar esta solución digital, su bodega se mantiene a la vanguardia de los requisitos reglamentarios y se adapta sin esfuerzo a los cambiantes mandatos sin necesidad de rediseñar las etiquetas de manera exhaustiva.

Ahorre un tiempo valioso con las traducciones automáticas a 24 idiomas de la UE y el acceso a una base de datos completa de ingredientes. Con la información esencial alojada en el código QR, mantén una apariencia más limpia de la etiqueta y, al mismo tiempo, brinda a los consumidores un fácil acceso a los detalles importantes.

¿Cómo funciona el plan gratuito?

Es 100% gratuito registrarse y empezar a crear 2 borradores de etiquetas electrónicas para empezar a conocer el software. Solo cuando quieras publicar la etiqueta electrónica en tiempo real, tendrás que seleccionar un plan de pago.

Tengo más de una marca, ¿afecta eso a mis precios?

Nuestros planes se refieren a la cantidad total de etiquetas electrónicas que necesita en cualquier número de marcas dentro de una sola empresa.

Por ejemplo, si tienes una empresa con tres marcas, cada una tiene 5 etiquetas, solo necesitarás el paquete para 15 etiquetas y tendrás el mismo panel de control para todas ellas

¿Qué factores debo tener en cuenta al imprimir códigos QR en la etiqueta física?

Los códigos QR para etiquetar deben imprimirse en un tamaño que permita escanearlos. Es probable que se requiera un mínimo de 1 cm por 1 cm. A menudo se incorpora al diseño de la contraetiqueta junto con otra información obligatoria sobre el producto ‍ Cada código QR debe tener una zona «silenciosa» circundante, normalmente cuatro veces el tamaño de una sola celda del código (por ejemplo, 1,5 mm para un código QR de 10 mm). Este espacio libre mejora la precisión del escaneo.
Color y contraste: Para obtener mejores resultados, usa un código QR negro sobre un fondo blanco. Mientras que los colores oscuros sobre fondos claros o al revés, pueden funcionar. Es recomendable probarlos con aplicaciones de lectura de códigos QR estándar.
Forma: Los códigos QR tienen una forma intrínsecamente cuadrada. Sin embargo, se puede explorar la posibilidad de incrustar códigos QR cuadrados de forma creativa en formas no cuadradas, como cuadrados rotados o paralelogramos. En tales casos, mantenga siempre la zona tranquila necesaria.
Resolución: Para garantizar el éxito de los escaneos por parte de los consumidores, la imagen del código QR debe poder imprimirse a 300 dpi o más. La alta resolución evita problemas de escaneo y mantiene la integridad del código.

¿Me cobrarán por las etiquetas de cosechas anteriores?

No, con la solución de etiquetas electrónicas de QRFox, no incurrirá en costos adicionales por sus etiquetas antiguas. Su precio es fijo y solo paga por las etiquetas que necesita para la cosecha actual. No hay tarifas ocultas ni costos que aumenten con el tiempo. Su presupuesto se mantiene predecible y sencillo con nuestra solución.

¿Se rastrea alguna información personal de los usuarios durante su visita?

Los usuarios que visitan la página no son rastreados de ninguna manera, QRFox.eu simplemente identifica la geolocalización para que quienes visitan la página puedan verla en su idioma.

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COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN

A raíz de la modificación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo y del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión, se ha publicado un documento con preguntas y respuestas sobre la aplicación de las nuevas disposiciones de la UE sobre etiquetado de vinos emitido por la Comisión. Aquí compartiremos algunas de esas preguntas. Para el documento completo, visita el enlace.

Preguntas generales

2)   ¿Cómo debe presentarse la nueva información obligatoria en la etiqueta?

[...] en el mismo campo visual del envase, de tal manera que sean simultáneamente legibles sin tener que girar el envase, en caracteres indelebles y distinguiéndose claramente del texto o dibujos adyacentes.

Cuando toda la información obligatoria figure en el envase o en la etiqueta adherida, las indicaciones obligatorias que deben aparecer en el mismo campo visual son, por tanto, las siguientes: i) la denominación de la categoría de producto vitivinícola (incluido, en su caso, el término «desalcoholizado» o «parcialmente desalcoholizado»), con la excepción prevista en el artículo 119, apartado 2, del Reglamento de la OCM para determinados vinos con denominación de origen protegida o indicación geográfica protegida; ii) la expresión «denominación de origen protegida» (DOP) o «indicación geográfica protegida» (IGP) y el nombre de esta, en el caso de los vinos con DOP o IGP; iii) el grado alcohólico volumétrico adquirido; iv) la procedencia; v) el nombre del embotellador o, en el caso de determinadas categorías de productos (4, 5, 6 y 7), el nombre del productor o del vendedor, según proceda; vi) el contenido neto; vii) el contenido de azúcar en el caso de las categorías de vinos espumosos (4, 5, 6 y 7); viii) la información nutricional; ix) la lista de ingredientes; x) la fecha de duración mínima en el caso de los productos vitivinícolas que hayan sido sometidos a un tratamiento de desalcoholización.

Cuando la información nutricional o la lista de ingredientes se faciliten por medios electrónicos, el enlace (código QR o similar) a ellas deberá presentarse en la etiqueta en el mismo campo visual que las demás indicaciones obligatorias.

Cuando la información nutricional completa se facilite por medios electrónicos, el valor energético que debe aparecer en el envase o en la etiqueta deberá presentarse en el mismo campo visual que las demás indicaciones obligatorias.

Cuando la lista completa de ingredientes se facilite por medios electrónicos, las sustancias que causan alergias o intolerancias deberán indicarse en el envase o en la etiqueta, pero no necesariamente en el mismo campo visual que otra información obligatoria [se aplica la excepción prevista en el artículo 40, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33].

La excepción para que determinadas indicaciones obligatorias no aparezcan en el mismo campo visual establecida en el artículo 40, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33, se aplica también a la indicación del importador, el número de lote y la fecha de duración mínima (en el caso de los vinos desalcoholizados).

3)   Cuando empiecen a aplicarse las nuevas disposiciones de etiquetado, ¿qué vinos en qué fase de comercialización deben incluir la información nutricional y la lista de ingredientes? Por ejemplo, ¿el vino en cuba, barril o barrica, o solo el vino embotellado?

Por regla general, estas nuevas menciones obligatorias deben aplicarse a los vinos comercializados a partir de la fecha de aplicación correspondiente establecida en el Reglamento (UE) 2021/2117, es decir, el 8 de diciembre de 2023. No obstante, los vinos «producidos» antes de esa fecha podrán seguir comercializándose con arreglo a los requisitos de etiquetado aplicables antes del 8 de diciembre de 2023 hasta que se agoten las existencias.

De conformidad con el artículo 2 del Reglamento IAC, se entenderá por «información alimentaria obligatoria» las menciones cuya comunicación al consumidor final es obligatoria. Esta disposición se aplica independientemente del envase en el que se comercialice el alimento y también es aplicable al vino. Las responsabilidades de los operadores de la cadena de suministro en relación con el etiquetado y la presentación se aclaran en el artículo 8 del Reglamento IAC y, en particular, en su apartado 7.

4)   ¿Cuándo puede un vino considerarse como «producido»?

[...] cuando cumple las características y los requisitos establecidos en la parte II del anexo VII del Reglamento de la OCM para la categoría de vino de que se trate, incluso mediante la aplicación, cuando proceda, de prácticas enológicas autorizadas sobre la base de las normas establecidas en el artículo 80 y en el anexo VIII de dicho Reglamento.

Por ejemplo, «vino» (categoría 1) se refiere al producto obtenido exclusivamente por fermentación alcohólica, total o parcial, de uva fresca, estrujada o no, o de mosto de uva. Además, el vino debe haber alcanzado el grado alcohólico y la acidez exigidos, tal como se establece en la parte II, apartado 1, del anexo VII del Reglamento de la OCM.

En el caso del «vino espumoso» (categoría 4), cuando se produce mediante segunda fermentación alcohólica, solo puede considerarse «producido» después de que haya tenido lugar la segunda fermentación y el producto haya alcanzado las condiciones de grado alcohólico y sobrepresión estipuladas en la parte II del anexo VII del Reglamento de la OCM. La mera vinificación de los vinos base o la elaboración del vino base antes del 8 de diciembre de 2023 no justificarían una exención del etiquetado nutricional.

Tras la producción, de conformidad con el artículo 80 del Reglamento de la OCM, pueden utilizarse otras prácticas enológicas con el fin de garantizar la buena conservación o la crianza adecuada de un producto vitivinícola.

Disclaimer

La información proporcionada en este artículo es una recopilación de las preguntas más frecuentes sobre el Reglamento UE 2021/2117 sobre el etiquetado de vinos. Estas preguntas frecuentes provienen de documentación oficial. Para obtener la lista completa de preguntas y respuestas, visite las preguntas frecuentes oficiales del Reglamento UE.

Tienen más preguntas? Contactenos +33 4 51 22 04 48, +39 3402109638 or via email info@qrfox.eu

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